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Gestión ambiental integrada

Estudio de impacto ambiental

Estudio de impacto ambiental

El Estudio de Impacto Ambiental es una herramienta objetiva que permite estimar la ocurrencia de impactos potenciales sobre el medio ambiente por motivo de un determinado proyecto y categorizarlos en niveles jerárquicos de afección. La valoración de los impactos permitirá en última instancia ejecutar las medidas preventivas necesarias para evitar, mitigar o compensar tales impactos.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, define al Estudio de Impacto Ambiental como “el documento elaborado por el promotor que contiene la información necesaria para evaluar los posibles efectos significativos del proyecto sobre el medio ambiente y permite adoptar las decisiones adecuadas para prevenir y minimizar dichos efectos”. Según esta norma nacional, o en su caso según la normativa de carácter autonómico, todas aquellas actuaciones incluidas en sus anexos correspondientes están obligadas por ley a presentar un Estudio de Impacto Ambiental, con carácter previo a su autorización por parte de la Administración competente.

Con una intensa trayectoria en la ejecución de numerosos estudios de impacto ambiental de tipologías muy variadas (urbanas, agrícolas y forestales, industriales…), SOCEAMB pone a tu disposición un nutrido panel de expertos interdisciplinares para solventar los requerimientos que le exigen las administraciones ambientales. Por experiencia, sabemos que el cliente que cuenta con nuestros servicios ahorra en tiempo y dinero, adquiriendo al mismo tiempo un producto de alta calidad técnica

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Informe de sostenibilidad ambiental / Estudio ambiental estratégico

Informe de Sostenibilidad Ambiental / Estudio Ambiental Estratégico

El Informe de Sostenibilidad ambiental o Estudio ambiental estratégico es la herramienta equivalente al Estudio de Impacto Ambiental, pero aplicado a la elaboración de figuras de planeamiento, tomando diferente nombre en función de la legislación nacional o autonómica vigente.
Los planes y programas, abordados por los poderes públicos en el ejercicio de sus competencias, se definen como aquel “conjunto de estrategias, directrices y propuestas destinadas a satisfacer necesidades sociales, no ejecutables directamente, sino a través de su desarrollo por medio de uno o varios proyectos”.
Desde el punto de vista medioambiental, este tipo de estudios marca las pautas ambientales que deberán vigilar de manera especial todos aquellos proyectos particulares emanados de un determinado plan o programa.
SOCEAMB, por ejemplo, ha participado en la elaboración del manual de criterios y medidas dirigidas a figuras de planeamiento en el ámbito territorial de los planes de recuperación y conservación de especies amenazadas, para la Agencia Andaluza de Medio Ambiente y Agua.

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Modificaciones no sustanciales o menores

Modificaciones Sustanciales o Menores

Son aquellas modificaciones de proyectos o figuras de planeamiento ya ejecutados y que, por la verificación de determinados condicionantes marcados por la normativa ambiental vigente y aplicable en cada caso, no se consideran de suficiente entidad como para necesitar de una nueva autorización administrativa.

Cuando el promotor de una actuación necesita llevar a cabo una modificación de entidad menor sobre ésta, incorporando, eliminando o transformando algún elemento o proceso, ha de justificar técnica y ambientalmente ante la Administración el carácter no sustancial de dicha modificación.

Este tipos de estudios, aunque de menor calado que un estudio de impacto ambiental, sigue sus mismo principios básicos y debe estimar si existirán variaciones intensas con respecto a los efectos que esa actuación ya provoca en el medio. Sólo un proveeedor de servicios con experiencia y calidad como SOCEAMB, sabedor de la importancia de esta tipología de documentos, podrá efectivamente evitarle costos temporales y económicos al justificar adecuadamente la no necesidad de obtención de una nueva autorización.

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Tramitación de consultas previas

Tramitación de Consultas Previas

Con antelación al inicio de un trámite de autorización ambiental, el promotor podrá obtener del órgano ambiental competente información sobre el alcance, amplitud y grado de especificación de la documentación ambiental necesaria.

Para ello, deberá presentar una Memoria resumen del proyecto en la que se describa entre otros puntos, su ubicación exacta y las alternativas propuestas. En este documento se deberá establecer las afecciones territoriales y ambientales de la actuación, permitiéndole a la Administración valorar su conveniencia y concretar qué puntos no deben obviarse en el posterior estudio de impacto ambiental.

Conocidas estas pautas, el promotor puede así evitar futuras subsanaciones a la documentación presentada. Desde SOCEAMB gestionamos estas tramitaciones de consultas previas, ayudándote a reducir los tiempos de tramitación

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Tramitación de expedientes ambientales

Tramitación de Expedientes Ambientales

Además de la producción documental asociada a cualquier tipo de procedimiento ambiental, SOCEAMB también ofrece entre sus servicios la gestión del expediente en la Administración.
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